FIRMA ELECTRÓNICA EN EL JUICIO EN LÍNEA

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Los contribuyentes que deseen promover ante el TFJA un juicio de nulidad en línea, deben conocer el funcionamiento de la firma electrónica avanzada, ya que es indispensable contar con ella, para que se pueda llevar a cabo este procedimiento, tal y como lo señalan los artículos 1-A, fracción XI, 58-E, 58-F y 58-H de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA).

La firma es el conjunto de datos consignados en un mensaje electrónico adjuntados o lógicamente asociados al mismo que permiten identificar a su autor mediante el Sistema de Justicia en Línea.

Produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, por lo que se le permite actuar al demandante y al demandado en el juicio en línea, conforme el artículo 1-A de la LFPCA. Los titulares de una firma electrónica avanzada son responsables de su uso, por lo que el acceso o la recepción de las notificaciones, la consulta al expediente electrónico y el envío de información mediante la utilización de esta, les serán atribuibles y no admitirán prueba en contrario, salvo que se demuestren fallas del Sistema de Justicia en Línea.

FUENTE: IDC

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