EN 2021, SIN LOCALIZACIÓN NO HABRÍA DEVOLUCIÓN

En 2021, sin localización no habría devolución | IDC


En la propuesta del paquete económico para el ejercicio fiscal 2021 presentado por el Ejecutivo Federal, el 8 de septiembre de 2020, se incluyó la “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación”.

En dicha propuesta, se prevén algunos cambios para el CFF que son de interés para muchos contribuyentes, como lo son los realizados a la devolución de impuestos.

Uno de los principales cambios es adicionar un párrafo al artículo 22 del CFF para establecer que la falta de localización del contribuyente, o bien, del domicilio manifestado ante el RFC, es una causal para tener por no presentada una solicitud de devolución.

Esto se debe a que la autoridad detectó que algunos contribuyentes acuden a solicitar su devolución de impuestos; sin embargo, el domicilio fiscal no existe, y por ende, la autoridad no cuenta con la certeza de la realización de las operaciones por las cuales los contribuyentes solicitan saldos a favor.

En la realidad, cuando un contribuyente solicita una devolución de saldos a favor, la autoridad suele revisar el estado que guarda dicho contribuyente respecto al RFC, la diferencia es que ahora está facultada para hacerlo.

Otra cosa a destacar, es que esta causa de improcedencia de la devolución de impuestos no representa una negativa para el contribuyente, puesto que únicamente deberá regularizar su situación ante el RFC, mediante la presentación de los avisos correspondientes.


FUENTE: IDC

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